El Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) emitió un comunicado ante las diferentes consultas que han surgido desde los distintos gremios en relación al feriado del Día Internacional del Trabajo (1 de mayo de 2022) que también cae el día domingo.
El Código del Trabajo en su artículo 339 el primero de mayo es día feriado, pero el documento del COHEP explica que en vista que es un domingo, el cual de conformidad al artículo 338 es el día de descanso de la mayoría de trabajadores, los empleadores “no están en la obligación a trasladar el feriado del 1 de mayor a un día distinto”.
La única excepción es de aquellos empleadores que por medio de Contrato Colectivo, Acuerdo o Pactos con los trabajadores hayan acordado que este día se traslada a otro distinto.
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De acuerdo al comunicado, en el caso de aquellos trabajadores que hubiesen pactado un día de descanso distinto al día domingo se debe cumplir conforme al artículo 340 del Código de Trabajo.
“Si en virtud de convenio se trabajare durante los días de descanso o los días feriados o de fiesta nacional, se pagarán con el duplo del salario correspondiente a la jornada ordinaria en proporción al tiempo trabajado”, expresa la normativa.
Concluyeron felicitando a todos los trabajadores y exhortaron a la población en general a la promoción del “trabajo decente” que respete los derechos humanos fundamentales para la construcción de la paz y bienestar económico de Honduras.