La Conferencia Episcopal Española (CEE) presentó la instrucción pastoral “Un Dios de vivos” en la que participaron Mons. Enrique Benavent, de la Comisión Episcopal para la Doctrina de la Fe; y Mons. José Leonardo Lemos, de la Comisión Episcopal para la Liturgia; además del secretario general de la CEE, Mons. Luis Argüello.
Esta instrucción pastoral que profundiza sobre “la fe en la resurrección, la esperanza cristiana ante la muerte y la celebración de exequias”, anima a recuperar el sentido de las ceremonias fúnebres, pues “en no pocas ocasiones se han convertido en un ‘servicio’ que se ofrece a los familiares sin ninguna presencia de la Iglesia”.
Mons. Luis Arguello recordó la especial importancia de este documento en un año en el que “la muerte y el duelo han tenido un gran protagonismo”, tanto por la actual pandemia de coronavirus que sufre todo el mundo como por la tramitación de la ley de despenalización de la eutanasia que se está llevando a cabo en España.
Mons. Benavent explicó que esta instrucción pastoral pretende recordar que el mensaje cristiano es un “sí a la vida presente y a la vida eterna”.
Sobre las exequias y recuerdo del difunto
Esta instrucción también anima a que la celebración de las exequias y la oración por los difuntos manifiesten “con claridad la fe en la resurrección y la esperanza cristiana en la vida eterna” y que no se reduzca a “mera condolencia o consuelo” sino que sea un momento en el que se predique y ofrezca de manera cercana “el amor santo de la madre Iglesia y el consuelo de la fe cristiana”.
También recuerdan que el centro de las exequias cristianas “es Cristo Resucitado y no la persona del difunto”, por eso piden a los pastores que procuren “con delicadeza que la celebración no se convierta en un homenaje al difunto” ya que precisan que es algo que “corresponde a otros ámbitos ajenos a la liturgia”.
En el caso de que algún familiar intervenga con unas breves palabras al final de la celebración, la instrucción pide que “no altere el clima creyente de la liturgia de la Iglesia y que, aunque aluda a aspectos de la vida del difunto que puedan ser edificantes para la comunidad, evite un juicio global sobre su persona”. También precisa que no se empleen “expresiones incompatibles con la fe que se expresa y se vive en la celebración, como ‘allá donde estés’, ‘si es que estás en algún lugar’” y que los cantos escogidos sigan este criterio.
Además subrayan que las “exequias de un cristiano son, en cierto modo, incompletas sin la celebración de la Eucaristía” y se invita a ello.
Indicaciones sobre la cremación
En este documento se refiere también especialmente a “prácticas que hasta hace poco se consideraban extrañas a la tradición cristiana, como la cremación”, que según precisa “no implica la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo”, pero de llevarse a cabo no debe realizarse “contra la voluntad del difunto”.
Pero subrayan que “se debe evitar todo signo, rito o modalidad de conservación de las cenizas que nazca o pueda ser interpretado como expresión de una visión no cristiana de la muerte”, como puede ser “optar por la cremación para expresar que la muerte es la aniquilación definitiva de la persona, o esparcir las cenizas en un paraje natural porque se piensa que la muerte es el momento de fusión con la madre naturaleza, o relacionar la cremación con la reencarnación, o repartir las cenizas para utilizarlas como mero objeto de recuerdo del difunto”.
Mons. Lemos precisó durante la rueda de prensa que las cenizas deben guardarse en un lugar sagrado y no en el hogar, tampoco dividirse entre los familiares, dispersarlas o “convertirlas en piezas de joyería u otros artículos” con los que se dan “malentendidos ajenos a la vida cristiana” y que son formas “tan insólitas que no siempre se pueden conciliar con el respeto debido al cuerpo del difunto llamado a resucitar con Cristo”.
Aunque insisten en que estas prácticas, “quienes las hacen no pretendan negar ni ofender conscientemente la fe católica, son manifestación de una fe poco formada” y destacan que las cenizas del difunto, “por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente”.
También excluyen la posibilidad de realizar “la procesión al cementerio con la urna” pero se pueden llevar a cabo “oraciones en el momento de depositar la urna con las cenizas en el lugar apropiado para ello”.