La Jefatura de Gabinete de Ministros de Argentina informó este 15 de junio que las celebraciones religiosas en lugares cerrados podrán realizarse con un aforo máximo del 30% de la capacidad del recinto.
Hasta el momento la pandemia del coronavirus en Argentina ha dejado unos 86.615 fallecidos y un total de cuatro millones de contagiados.
En ese escenario, cada provincia ajusta su situación sanitaria de acuerdo a los lineamientos entregados por el Gobierno, mediante decreto nacional, y en consideración de la situación provincial.
El decreto que rige en el país desde el 12 de junio solo permite la celebración de ritos religiosos “al aire libre y hasta 20 personas”. Esto ha sido modificado con la decisión anunciada este martes y que entrará en vigor apenas sea publicada en el diario oficial.
En tanto, las reuniones sociales podrán realizarse en espacios abiertos y con un máximo de 10 personas. Los restaurantes y comercios pueden atender en espacios abiertos hasta las 11:00 p.m.; y los centros comerciales abrir calculando la capacidad de una persona por cada 15 mt2.
En ese contexto, la decisión administrativa constituye una excepción a la regla dictada para todas las zonas consideradas como de “alto riesgo epidemiológico y sanitario” y en situación de “alarma epidemiológica y sanitaria” donde ha aumentado el número de contagios.
Las iglesias deberán “garantizar” las normativas sanitarias de la distancia física, el uso de barbijo y alcohol gel, entre otros.
La decisión fue tomada luego de acoger el pedido del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto para que “se arbitren las medidas necesarias” en pos de “la realización de celebraciones y actividades religiosas, con un máximo del 30% de aforo de los lugares cerrados donde se desarrollen”.
Sobre el pedido también intervino la autoridad sanitaria nacional y el servicio jurídico pertinente.
CCJ NOTICIAS.